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20 de julio de 2011

Elecciones Provinciales: No se podrán difundir encuestas 10 días antes del comicio

Durante las próximas elecciones provinciales, convocadas para el 7 de agosto, regirá la disposición del nuevo Código Electoral de Córdoba, que prohíbe la difusión de resultados de encuestas durante los 10 días anteriores a la fecha establecida para la celebración de los comicios.

Elecciones Deán Funes 2011

Foto: Revista Ecos del Norte

Según fuentes del Tribunal Electoral provincial, una de las novedades del Código Electoral radica en que, según el artículo 219, «queda prohibida la difusión de resultados de encuestas de opinión desde los 10 días inmediatamente anteriores al día de las elecciones, así como la difusión de resultados de sondeos de boca de urna hasta tres horas después del cierre del acto electoral».

En esta ocasión, los resultados de las encuestas no podrán ser difundidos desde el 29 de julio y hasta las 21 horas del 7 de agosto, teniendo en cuenta que los comicios se celebrarán ese día, entre las 8 y las 18.

Otra prohibición que contiene el nuevo código consiste en que, como establece el artículo 221, «queda prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas y el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo durante los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios».

Teniendo en cuenta que las elecciones provinciales se realizarán en esta ocasión el 7 de agosto, la prohibición de inaugurar obras públicas u otras iniciativas similares comenzará a regir a partir del domingo 24 del corriente.

El 7 de agosto, 2.493.221 electores deberán concurrir a las urnas para elegir gobernador y vicegobernador, 70 legisladores provinciales, tres integrantes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, así como intendentes y ediles en unos 200 municipios y comunas que renovarán autoridades locales en forma simultánea.

Durante los comicios del 7 de agosto se pondrán en marcha las reformas electorales sancionadas entre 2008 y 2009, que, entre otras modificaciones, prevén que los electores voten mediante la Boleta Única de Sufragio (BUS).

A diferencia de lo que ocurría antes, en que el elector ingresaba al cuarto oscuro y debía optar entre las boletas que los propios partidos debían hacer imprimir, ahora el votante recibirá una única BUS que, además de ser impresa por cuenta del Poder Judicial, contendrá toda la oferta electoral disponible.

Fuente: La Mañana de Córdoba

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