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16 de junio de 2011

Ratifican que candidatos a intendentes no podrán ser concejales

Los aspirantes a intendente no podrán postularse como concejales. La Cámara terminó rechazando una apelación de la UCR y otro partido.

Candidatos a intendentes no podrán ser concejalesLa imposibilidad de que un candidato a intendente se postule también para ser concejal fue ratificada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de 2ª Nominación, luego de un fallo en igual sentido resuelto por el Tribunal Electoral provincial.

El nuevo intento de obtener la tradicional posibilidad de que un candidato a intendente asuma como concejal en caso de no triunfar en la postulación como Intendente la plantearon los partidos Unión Vecinal Todo por la Villa y Unión Cívica Radical (ver Candidatos a intendente no podrían integrar lista de concejales 02/06/2011).

El argumento de los camaristas surge del artículo 50 del Código Electoral, que establece, se lee en el fallo, “la prohibición de candidaturas simultáneas” cuando “haya simultaneidad electoral entre la nación, la provincia y/o los municipios, o cuando se hubiese fijado la misma fecha para la realización de los comicios”.

Esto a pesar de que el Código Electoral no derogó un artículo de una orgánica municipal que estipula que el candidato a intendente también lo es a primer concejal, según interpretaron los camaristas Víctor Rolón Lembeye, Humberto Sánchez Gavier y Nora Garzón de Bello.

Ratifican que candidatos a intendentes no podrán ser concejales

Fuente:LaVoz.com

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10 de junio de 2011

Nuevo Revés Judicial Para Ricardo Jaime

Se complica cada vez mas la situación judicial del apoderado del PJ Cordobés

Ricardo JaimeLa Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal rechazó dos planteos realizados por el ex secretario de Transporte de la Nación, Ricardo Jaime, en las causas que se le siguen por dádivas y enriquecimiento ilícito.

El ex funcionario pretendía que la Cámara de Casación Penal revisara dos resoluciones, lo cual fue denegado por la Justicia.

El primero de los planteos presentados cuestionaba la decisión de la Cámara Federal que confirmó la elevación a juicio de la causa por dádivas decidida por el juez Claudio Bonadío, según indica el Centro de Información Judicial.

El otro planteo, en tanto, cuestionaba la decisión de la Cámara Federal de ordenarle al juez Norberto Oyarbide la realización de nuevas pruebas sobre los mails secuestrados de la computadora del asesor Manuel Vázquez en la causa por enriquecimiento ilícito.

En ambos casos, los camaristas resolvieron rechazar que las resoluciones fueran revisadas por la Cámara de Casación Penal, debido a que dichas decisiones "no integran el elenco previsto por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación"

Fuente: infobae

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2 de junio de 2011

Candidatos a intendente no podrían integrar lista de concejales

El Tribunal Electoral advirtió que en los comicios del 7 de agosto rige la nueva Ley Electoral que prohíbe las candidaturas simultáneas.

Candidatos a intendente no podrían integrar lista de concejales

El Tribunal Electoral provincial advirtió a los partidos que participarán en los comicios del 7 de agosto, con candidaturas municipales, que los aspirantes a intendente no podrán postularse también como primer concejal.

Históricamente, de acuerdo con lo establecido en la mayoría de las leyes y cartas orgánicas municipales (inclusive en la de la ciudad de Córdoba), los candidatos a intendente han encabezado también la lista de postulantes a edil. En esos lugares, los candidatos a intendente derrotados pasan a ser concejales electos.

Pero como en la elección del 7 de agosto se aplicará el nuevo Código Electoral provincial que prohíbe las candidaturas simultáneas, el Tribunal que integran Marta Vidal, Jorge Namur y Carlos Azocar advirtieron de la prohibición, que desatará una nueva polémica.

“El candidato a intendente –se lee en el decreto– no podrá ser candidato simultáneamente a primer concejal en la lista de su partido, en virtud de lo establecido en el artículo 50° del Código Electoral provincial y en el artículo 10° del Régimen Jurídico de los Partidos Políticos”.

De quedar firme, la interpretación alteraría los planes políticos de muchos dirigentes del interior que, a pesar de que admiten no tener posibilidades de ganar la elección para intendente, han asumido esas candidaturas para lograr una banca en los concejos deliberantes de sus pueblos o ciudades.

Los primeros en cuestionar la disposición fueron los apoderados de la UCR, partido que gobierna una importante cantidad de localidades donde el 7 de agosto se votará para intendente.

En el PJ no descartaron plegarse al recurso radical.

Recurso. Facundo Cortez Olmedo, apoderado de la UCR, dijo que no están de acuerdo “con el criterio de interpretación que ha hecho el Tribunal acerca de la legislación electoral municipal”.

En diálogo con este diario, Cortez Olmedo señaló: “Esta interpretación desnaturaliza el criterio pro-participativo que históricamente ha impregnado toda la legislación electoral municipal”.

Y agregó: “Consideramos que la postulación de una persona a intendente y su figuración como primer candidato a concejal, no implica una ‘candidatura simultánea’ en los términos que prohíbe la legislación provincial, ya que la candidatura a primer concejal es subsidiaria de la de intendente, y no hay posibilidad de que el aspirante termine asumiendo un doble rol”.

Para el apoderado radical, el espíritu original de la ley orgánica municipal es “permitir la mayor participación en la vida política de aquellos dirigentes que son considerados por sus partidos como referentes territoriales, por eso se les permite competir por la intendencia garantizándoles la posibilidad de asumir como concejales en caso de no llegar al Ejecutivo”.

Fuentes judiciales precisaron que el decreto del Tribunal Electoral “no es una resolución jurisdiccional, sino sólo una advertencia de lo que establece la ley”. Y que recién ahora, a partir de la presentación de recursos, el Tribunal se expedirá para sentar posición.

Fuente: LaVoz.com

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23 de marzo de 2011

Se Postergó En Deán Funes El Juicio Del Robo De 30 Mil Litros De Nafta Del Poliducto

El abogado defensor de tres de los cuatro imputados presentó una suspensión de juicio a prueba para dos de ellos. El fiscal de Cámara Hernán Funes deberá resolver

Cámara Criminal de Deán Funes

Deán Funes. La Cámara Criminal y Correccional de esta ciudad del norte no tomó hoy la primera audiencia del juicio donde se ventilará el robo de 30 mil litros de nafta virgen de un poliducto acontecido en diciembre de 2008, por el cual están imputados cuatro hombres por robo calificado en despoblado, tres de ellos como partícipes necesarios y uno como principal actor del ilícito.

El abogado Elías Monte presentó una suspensión de juicio a prueba (probation) para dos de sus tres defendidos (Oscar Carbone y Eduardo Melnicoff), a cuyo análisis se abocará el fiscal de Cámara Hernán Funes.

En caso de prosperar la medida solicitada solo quedarán dos imputados en el banquillo de los acusados: Aldo Mercado y Daniel Pirrota, cuando se reinicie el juicio en fecha a determinar.

Los hechos acontecieron el 25 de diciembre de 2008, en un campo a la altura del kilómetro 906 de la ruta nacional 60. Ese predio es atravesado por el poliducto de la empresa Refinor con base en Quilino.

Los imputados están acusados de colocar una brida con válvula y sustraer 30 mil litros de nafta virgen, que ya tenían cargada en un camión tanque al momento de ser sorprendidos. La instrucción de la causa determinó que se encontraban otras dos cisternas para continuar la sustracción.

Fuente: LaVoz.com.ar

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22 de marzo de 2011

Comienza Juicio Por Robo De 30 Mil Litros De Nafta Del Poliducto De Refinor

Hay un imputado de robo calificado en despoblado y tres partícipes secundarios. Ocurrió en el norte cordobés en diciembre de 2008.

Fiscal Hernán FunesDeán Funes. Hoy, en la Cámara Criminal y Correccional de esta ciudad del norte provincial comienza el debate en el juicio oral por un robo al menos curioso acontecido el 15 de diciembre de 2008, por sus características centradas en la soledad que fue cometido y la metodología utilizada.

Por la sustracción de 30 mil litros de nafta virgen de un poliducto situado en un campo, a la altura del kilómetro 906 de la ruta nacional 60 del departamento Tulumba, se encuentra imputado de robo calificado en despoblado Oscar Andrés Carbone (39) y en calidad de partícipes secundarios Ricardo Edgardo Melnicoff  (28), Aldo Orlando Mercado (52) y Daniel Ramón Pirrota (46).

La causa fue instruida por el fiscal Eduardo Gómez y la Cámara Criminal está integrada por los vocales Juan Elías, Juan Carlos Serafini y Horacio Ruiz. La acusación corre por cuenta del fiscal de Cámara Hernán Funes.

Los acusados Carbone, Melnicoff y Pirrota (todos choferes de la empresa Transportadora Química de Buenos Aires) tienen como defensor al letrado Elías Montes, quién ya adelantó a este diario solicitará hoy la suspensión de juicio a pruebas (probation) para dos de ellos. Por su parte Mercado será asistido por el asesor tribunalicio Marcelo Rinaldi.

Poliducto Refinor

Surtidor al paso. La instrucción de la causa determina que, con distintos grados de participación, los acusados ingresaron al campo de la familia Cabrera donde pasa el poliducto de la empresa Refinor con base en Quilino, violentando el ingreso y cortando alambres. Tripulaban tres camiones tanques y como apoyatura un automóvil.

Con seguridad se dirigieron a la ubicación del ducto y escarbando en el terreno lograron hacer una perforación en el mismo, colocando una brida con válvula para la extracción del combustible, “apoderándose ilegítimamente”, según consta, de 30 mil litros de nafta virgen.

La instrucción señala que en el operativo habrían intervenido dos especialistas, que no lograron ser identificados.

Pero la suerte no estuvo del lado de los supuestos involucrados en el robo y no solo lograron cargar apenas una cisterna, sino que fueron aprehendidos in fraganti.

En la central de la empresa los técnicos detectaron una brusca baja en la presión del fluido del ducto y enviaron a inspeccionar el recorrido del mismo.

Al detectar el operativo delictivo recurrieron a la Policía, que detuvo en el lugar a uno de los hoy imputados con el camión cargado y salió en persecución del resto, que poco después caían en distintos controles ruteros.

Fuente: LaVoz.com.ar

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25 de febrero de 2011

Cooperativa de luz: Miembros del Concejo de administración habrían sido imputados por irregularidades

El fiscal de Instrucción de Cruz del Eje habría imputado a miembros del Consejo de Administración de  la Cooperativa

Por Ecos del Norte

Cooperativa de Deán Funes - Logo

El fiscal de Instrucción de Cruz del Eje Dr. Fernando Martín Bertone, habría imputado a miembros del Consejo de Administración de  la Cooperativa de luz local por la denuncia formulada por el Contador René A. Lujan y el Dr. Néstor Hugo García, exp. D 173/09.

Dicha denuncia se realizó por supuestas irregularidades respecto al balance,  del ejercicio Nº 74.

Haciendo un análisis de dicho instrumento (estados contables), se apreciaban algunas falencias en su confección, las cuales fueron avaladas por el Sr. Síndico.

Se expone en concepto de resultado un importe de $ 2.024.928, dicha cifra coincide de manera exacta con la impuesta en la columna altas del ejercicio, de renglón terrenos del anexo I bienes de uso. Este importe surge exclusivamente de lo que se llama revalúo contable de los bienes existentes y no, por haberse adquiridos nuevos bienes.-

Que se logra con este revalúo? que el ejercicio 2008 no arroje pérdida por la suma de $ 1.004.667,11, haciendo aparecer mediante este ardid del revalúo un resultado positivo de $ 1.020.261,34.-

Se estaría esperando la indagación de los imputados, que sería la última semana de Febrero, para dar a conocer los nombres de los involucrados y la carátula de la causa.

Sede de la Cooperativa de Consumo, Obras y Servicios Públicos de Deán Funes, Limitada

Fuente: Ecos del Norte


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22 de diciembre de 2010

Videla y Menéndez condenados a prisión perpetua

Deberán cumplir la pena en una cárcel común.

El Tribunal Oral Federal 1 de Córdoba condenó a ambos represores por delitos de lesa humanidad. El ex Presidente deberá cumplir la pena en cárcel común. Una junta médica determinará dónde será alojado Menéndez, que recibió su quinta condena.

Jorge Rafael VidelaEl ex dictador Jorge Rafael Videla fue condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en Córdoba y se dispuso que sea alojado en una cárcel común.

La pena le fue impuesta por el Tribunal Oral Federal 1 de esa provincia, en forma coincidente con lo reclamado por la Fiscalía y las querellas.

Videla fue hallado culpable de homicidio calificado, tormentos agravados y tormento seguido de muerte. Se trata de la segunda perpetua para quien gobernó el país entre 1976 y 1981, ya que la primera le fue impuesta en 1985, en el juicio a las juntas militares.

En tanto, el ex titular del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Menéndez, fue condenado a prisión perpetua, aunque una junta médica deberá determinar si está en condiciones de ser alojado en una cárcel común.
Se trata de la quinta condena a prisión perpetua que recibe Menéndez.

Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez en el juicio por delitos de lesa humanidad.

El resto de las condenas

También fueron condenados a prisión perpetua los militares Vicente Meli, Carlos Poncet, Raúl Fierro, Jorge González Navarro, Gustavo Adolfo Alsina, Enrique Pedro Mones Ruiz y Miguel Ángel Pérez. Entre los policías, recibieron perpetua Luis Alberto Lucero, Calixto Luis Flores, Yamil Jabour, Marcelo Luna y Juan Eduardo Molina.

Hermes Rodríguez recibió 12 años de prisión en una cárcel común, el gendarme José Eugenio San Julián recibió 6 años Juan Huber recibió 14 años y Víctor Pino Cano, 12.
Carlos Hibar Pérez fue condenado a 10 años de prisión, mientras que la única mujer acusada, la policía Graciela "Cuca" Antón, fue sentenciada a 7 años de cárcel. Fernando "el Tuerto" Rocha, quien estuvo internado por problemas cardíacos, fue condenado a 8 años de prisión.

Absoluciones

El Tribunal determinó que siete de los acusados sean absueltos: Osvaldo Quiroga; Pablo D'Aloia; Ricardo Cayetano Rocha; Luis Alberto Rodríguez; Jose Antonio Paredes; Luis David Merlo; y Gustavo Salgado.

El Juicio

El proceso comenzó el 2 de julio contra Rafael Videla, Benjamín Menéndez y otros 28 imputados, acusados por la muerte de 31 presos políticos alojados en la Unidad Penitenciaria San Martín (UP1).

Estaban acusados de haber aplicado la 'Ley de Fugas', además de secuestros y torturas en contra de un civil y cinco miembros del entonces Departamento de Informaciones Policiales (D2), sindicados como infiltrados en las organizaciones revolucionarias en 1976.

Al hacer uso de la última palabra, antes del veredicto, en la audiencia de ayer, el ex dictador Videla reivindicó lo actuado por las Fuerzas Armadas durante el terrorismo de Estado e insistió en que fue "la sociedad argentina la principal protagonista del enfrentamiento bélico y la que ordenó a su brazo armado acudir en su legítima defensa".

Videla dijo además que se consideraba un "preso político" y un "chivo expiatorio", al tiempo que sostuvo: "No he venido a defenderme, este no es mi tribunal natural, asumiré bajo protesta la injusta condena y la he de ofrecer como un acto de servicio".

"Me niego a aceptar el término de guerra sucia. Las guerras son justas o injustas. Acepto que cada guerra tiene su particularidad y la nuestra las tuvo, porque tuvo irregularidades", señaló y añadió: "Yo no me atrevería a afirmar que esta guerra terminó".

También aludió a una supuesta reunión privada que mantuvo un mes y medio antes del golpe de Estado con el fallecido dirigente radical Ricardo Balbín, "en la que me preguntó si frente a esta grave situación que vivía el país en esos momentos, íbamos a dar el golpe o no".

Las querellas, en sus alegatos, habían solicitado severas condenas para la mayoría de los imputados, al igual que los fiscales Maximiliano Hairabedian y Carlos Gonella, quienes entendieron que correspondía la prisión perpetua para Videla, Menéndez y los otros 14 acusados.

Militantes de partidos de izquierda, organizaciones sociales y organismos de derechos humanos de la Provincia de Córdoba, festejan las condenas a Videla y Menéndez.

Fuente: Infobae

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26 de octubre de 2010

Revocatoria de mandados de concejales: Es TSJ falló a favor de Teijeiro

Conflicto de poderes en Deán Funes: Vía libre del T.S.J a Teijeiro para voltear a concejales disidentes

Palacio de Tribunales - Córdoba

Según informó José Cusumano, cadete de Alejandro Teijeiro, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó la apelación que oportunamente presentaran a ese alto tribunal los concejales Ruarte y Bazán en contra del fallo de la jueza electoral provincial, Marta Vidal que daba vía libre al pedido de revocatoria impulsado en las sombras por Teijeiro.

Con esta decisión del TSJ, en breve quedaría firme el fallo que avala las pretensiones de los destituyente oficialistas que responden al Intendente, y debería intervenir la Junta Electoral Municipal para convocar a las urnas a los vecinos para que se expidan por la continuidad o la caducidad de los mandatos de los ediles.

Con el fallo judicial en sus manos el veterano empleado del Alejandro se mostro “eufórico y exultante”, y en un tono de barricada anarquista, les indicó a los concejales que “se tienen que ir, son unos usurpadores de la voluntad del pueblo que solo se dedican a poner trabas a la gestión del Intendente….”. “Espero que acepten el mensaje de la sociedad, pidan disculpar y renuncien…” agregó.

Jose Cusumano“No se que van a hacer ahora, ya no les queda donde apelar, por lo que el fallo se debería aplicar rápidamente y dirimir en las urnas quien tiene razón”…siguió diciendo el anciano militante keijerista, omitiendo en su arenga el referirse a la Suprema Corte de Justicia, a la cual cualquier ciudadano argentino puede recurrir cuando siente vulnerado alguno o varios de sus derechos constitucionales. Pero pedirle semejante razonamiento a José Cusumano sería mucho, mas fácil me resultaría pedirle a mi perro que me decodifique el genoma humano.

Esperemos a ver como sigue esta novelita de amor no correspondido y divorcio contencioso entre los chicos K destituyentes y los Barbano`s Boys atrincherados, o alguien se olvida que fueron la misma murga durante muchos años???.

Mientras tanto, la pobreza, el atraso, la marginalidad, la emigración de cerebros y talentos de Deán Funes continua ininterrumpidamente y a una velocidad superior a la del frustrado tren bala de Néstor y Cristina Kirchner.

Marcelo García

La Voz de Deán Funes

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16 de septiembre de 2010

Fiscalía de Deán Funes imputo de prevaricato a abogado por asesorar a su oponente

La imputación fue confirmada por el juez José María Smith

El letrado está imputado de prevaricato por aconsejar a la parte contraria en un juicio. El delito se sanciona con multa de 2.500 a 30.000 pesos.

Sede Tribunales de Cruz del Eje

Sede Tribunales de Cruz del Eje - (Foto: Verónica Cardozo)

Pablo Ramiro Olmos, abogado que se desenvuelve en la ciudad de Cruz del Eje, fue imputado ayer de prevaricato por la Fiscalía de Instrucción de Deán Funes, porque habría aconsejado a su oponente durante un juicio.

El letrado fue denunciado por el vocal de la Cámara Criminal y Correccional de Cruz del Eje Ángel Andreu.

Durante el transcurso de un juicio, el magistrado afirmó que el abogado, ejerciendo la representación de una de las partes en litigio, habría asesorado paralelamente a la otra.        

juez de Control de Deán Funes, José María SmithOlmos se defendió afirmando que le había hecho “un favor a una colega con su cliente”.

Si se confirma el delito, el letrado puede tener una sanción que va desde 2.500 a 30.000 pesos y con  inhabilitación especial de uno a seis años, según el artículo 271 del Código Penal.

El fiscal Martín Bertone de la sede judicial de Cruz del Eje   se apartó y la Fiscalía General  dispuso que el fiscal de Deán Funes, Eduardo Gómez, se hiciera cargo de investigar el caso.

La imputación fue confirmada por el juez de Control de Deán Funes, José María Smith, quedando en ese plano en firme, a pesar de estar apelada.

Fuente: www.lavoz.com.ar

Foto: www.letravivadigital.com.ar

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25 de julio de 2010

La Justicia develó el “misterio de Cerro Negro”

Un tribunal convalidó por segunda vez la acusación del fiscal, quien sostiene que la desaparición de la víctima en Cerro Negro fue producto de un homicidio cometido por el hermano, Eligio Ariel Vera.

Por Miguel Durán

fiscal" Lo hice cagar. No te hagás problema, se van a cagar para hallarlo. Y vos callate la 'jeta'". Robert Daniel Pérez quedó paralizado por el miedo. Llegó un momento en que la conciencia lo carcomía y terminó hablando con Eduardo Gómez, fiscal de Instrucción de Deán Funes, quien desde hacía años había asumido un desafío personal para aclarar lo que se dio en llamar el misterio de Cerro Negro, la desaparición del gaucho Miguel Vera.

Pérez era la pieza que le faltaba al fiscal para cerrar el círculo sobre Eligio Ariel Vera, hermano del hombre convertido en leyenda a partir del anochecer del sábado 8 de abril de 2001, en Cerro Negro, una villa de singular belleza ubicada a 130 kilómetros de la ciudad de Córdoba, en el departamento Ischilín. Lo de leyenda se justifica con la serie de historias que crecieron alrededor del personaje desaparecido.

Se decía que como integrante del ERP (Ejército Revolucionario del Pueblo) había combatido contra tropas del Ejército y cuando logró escapar se refugió en Cerro Negro, donde vivía su familia. Le hicieron fama de gaucho matrero, peleador y cuatrero. Encima, si algo faltaba para completar el misterio, el anochecer que "se lo tragó la tierra", desapareció el 20 por ciento del pueblo, ya que en esos momentos vivían cinco personas en el lugar.

El gaucho Vera Gómez realizó un "trabajo de hormiga", alentado y a la vez presionado por Victoria Cervantes Rey, la compañera del gaucho Vera y denunciante de su desaparición una semana después del crimen. La mujer estaba en Buenos Aires. Lo primero que llamó la atención de los investigadores fue que el hermano, la hermana y la madre no se interesaran por la suerte del hombre barbado, de gesto adusto y mirada penetrante.

"Hay noches que no puedo dormir y siempre pienso en la mujer del gaucho, que a lo largo de los años no dejó semana sin ir a verme para preguntarme qué novedades había sobre su amante", supo revelar a este diario el fiscal de Deán Funes.

El caso del gaucho Vera trascendió las fronteras de Cerro Negro, poblado fundado por un español, convertido en centro de atracción de anarquistas, y despertó el interés de periodistas de todo el país y algunos del extranjero.

Los indicios. El primer indicio que confirmó las sospechas de la viuda y del fiscal sobre Eligio Ariel Vera, con antecedentes de cuatrerismo y acérrimo enemigo de su hermano Miguel, fue una riñonera, la misma que tenía el gaucho el día de su desaparición.

Antes de llegar a su destino fatal, el hombre de a caballo fue fotografiado en el camino por una mujer amiga. En la foto del jinete, conocida tiempo después, se observaba la mencionada riñonera, encontrada más tarde bajo la cama de su hermano. Pero, ¿cuál fue el detonante?

El viernes 7 de abril de 2001, el gaucho se enteró de que su hermano había declarado en su contra en un juicio por desalojo. Indignado, Miguel habría ido a "arreglar cuentas" con Eligio Ariel. El día después, Eligio Ariel se encontraba con su madre, una hermana y Robert Pérez. Al escuchar los ladridos de los seis o siete perros, advirtió que se aproximaba su hermano. Sin titubear se puso el revólver 38 en la cintura, montó un caballo y salió al encuentro de Miguel. Horas después, Eligio Ariel regresó y le contó todo a Pérez. Incluso le mostró el arma y lo invitó a ver el cadáver del gaucho. Durante el relato, el supuesto homicida le mostró al aterrorizado amigo un rebenque partido. Se lo había quebrado en la cabeza a Miguel antes de matarlo de dos balazos, según el relato del testigo que sepultó al sospechoso. Pérez acudió al fiscal algunos años después. Narró la pesadilla que no le permitía conciliar el sueño, pero no firmó ninguna declaración. Lo hizo recién en 2009, cuando el presunto asesino estaba preso por abigeato y no podía tomar ninguna represalia. Se hizo la reconstrucción del crimen y, a pesar de que jamás hubo rastros del cadáver, el fiscal Gómez le imputó el crimen a Eligio Ariel Vera.

César Martínez Remacha, abogado del preso, puso el grito en el cielo al enterarse de la imputación. Apeló al Juzgado de Control. La jueza que intervino le dio la razón al fiscal y mantuvo la acusación. Martínez Remacha recurrió entonces a la Cámara del Crimen de Cruz del Eje (actuó como Cámara de Acusación), que después de varios meses le dio la razón al fiscal de Deán Funes.

El penalista atacó la resolución del fiscal tratando de destruir el testimonio del testigo presencial, Robert Daniel Pérez, al considerar que existían "contradicciones" en sus dichos. Respecto a las pruebas reunidas, Martínez Remacha trató de destruirlas, entendiendo que se trataba de indicios que nada probaban.

"La acusación ha fundado debidamente las razones por las que considera que Miguel Ángel Vera ha muerto y estima que esa muerte fue producto de un homicidio (...)", señaló la Cámara de Cruz del Eje. En sus considerandos recordó que se realizaron "diversas autopsias psicológicas a fin de determinar el perfil de Vera (la víctima), y se realizaron numerosas diligencias a fin de determinar si Vera podía estar en algún lugar del país o viajó al exterior.

Incluso estimó la forma en que el imputado le habría dado muerte a su hermano (mediante la utilización de un arma de fuego). El Tribunal consideró que "los argumentos brindados por la defensa no logran conmover la sólida acusación". Para la Justicia, ya no existe el misterio del gaucho Vega. Fue asesinado por su hermano. Sólo falta fijar la fecha del juicio.

Fuente: lavoz.com.ar

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7 de julio de 2010

La Cámara Absolvió a José Cesar Bula

08/07/2010

Bula quedo absuelto tras estar “un año preso”

La Cámara del Crimen absolvió a un hombre acusado de amenazar de muerte y querer sobornar a un abogado.

Cámara del Crimen de Deán FunesLa Cámara del Crimen absolvió a un hombre acusado de amenazar de muerte y querer sobornar a un abogado, en el marco de un litigio por un campo del norte provincial. Además, los jueces ordenaron dejar en libertad al acusado, José César Bula (66), que estaba preso desde marzo de 2009.

Bula mantenía desde hacía años un litigio judicial con su propio hijo, José Andrés Bula (33), por un campo en Quilino. A mediados del año pasado, Bula padre fue detenido mientras se encontraba en un bar de Deán Funes, con otras personas, entre las que estaba el abogado de su hijo, Fabián Moscovich.

Este letrado había denunciado a Bula padre por coacción y amenazas, entre otras cosas. Los jueces de la Cámara del Crimen absolvieron a Bula padre por los delitos de "desobediencia judicial, coacción y amenazas", y ordenaron su libertad. Además, rechazaron una demanda civil.

Fuente: lavoz.com.ar

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1 de julio de 2010

Malestar Por Jueces De Paz “No Abogados”

01/07/2010

"Se está desnaturalizando la Constitución"

El ex juez federal Miguel Rodríguez Villafañe critica que los abogados sean dejados de lado a la hora de elegir a los nuevos jueces de Paz. El juez José María Smith, afirmó que: "Los jueces de Paz son los ojos y oídos de los jueces letrados, pero carecemos de elementos humanos y materiales para cumplir nuestras tareas. Nos debatimos con carencias de todo tipo".

Por Sergio Carreras

Dr. Miguel Rodríguez Villafañe  

El abogado Miguel Rodríguez Villafañe sostiene que la decisión que ha tomado la Provincia de que los nuevos jueces de Paz no sean preferentemente abogados no es acorde al espíritu de la ley.

"Aquí se está desnaturalizando la Constitución de Córdoba. Si a la hora de elegir un juez damos prioridad a un miembro de un centro vecinal e infravaloramos a una persona que es abogado, hay algo que está marchando mal".

Juez Smith -  Deán FunesEl ex juez federal, autor además del proyecto para elegir a los jueces de Paz por concurso que presentó el Colegio de Abogados de Córdoba en 2005, dijo: "Lo que siempre se buscó es que la gente más pobre y más desatendida del interior provincial deje de recibir una justicia de segunda categoría. La Constitución desea que los jueces de Paz sean preferentemente letrados, si no con este nuevo criterio vamos a llenar los juzgados de Paz con asistentes sociales, sólo porque buscamos que tengan llegada a la comunidad".

Para Rodríguez Villafañe, "lo fundamental es que los jueces de Paz sepan dictar justicia, y para eso es importante el conocimiento técnico, porque el Poder Judicial es un poder fundamentalmente técnico. Este conocimiento ayuda a los más débiles, no es una cuestión de solidaridad o sólo del conocimiento que se tenga del lugar. Un juez de Paz tiene que estar en condiciones de esclarecerle a cualquier persona las razones legales por las cuales se producen sus actuaciones y cómo se afectan los derechos de esas personas".

"Por desgracia -continuó-, en este asunto se vuelve a imponer la mirada que se tiene desde la Capital provincial, que subestima las situaciones que viven nuestros co-provincianos en el interior. Desde la ciudad de Córdoba, se desprecia el valor que tiene para una persona de un paraje rural una vaca o dos cabritos. Desde acá, se piensa que eso no es tan importante, cuando en realidad puede significar la vida para esas personas. Muchos hemos conocido a jueces de Paz que, por su falta de conocimiento técnico, debían ser asesorados por los mismos abogados que iban a participar de los procedimientos".

José María Smith (Deán Funes - <br />Córdoba)

La situación quedó al desnudo hace pocos días, en un encuentro de jueces de Paz de cuatro departamentos norteños, que se realizó en la pequeña localidad de San Pedro Norte. Según citó la publicación zonal Letra Viva , los miembros de la Junta de Calificación que estuvieron presentes debieron escuchar los fuertes reclamos de los jueces porque el sistema está colapsado. Uno de los presentes, el juez de control de Deán Funes, José María Smith, afirmó: "Los jueces de Paz son los ojos y oídos de los jueces letrados, pero carecemos de elementos humanos y materiales para cumplir nuestras tareas. Nos debatimos con carencias de todo tipo".

Un asesor letrado de Deán Funes, Marcelo Rinaldi, agregó: "Se carece de todos los elementos imaginables: computadoras, Internet y equipos de trabajo. Sólo (tenemos) ingenio y esfuerzo para frenar un terrible tráfico de influencias".

Smith también señaló que "los jueces de Paz y los policías en el interior realizan funciones que no les competen. Y lamentablemente no están preparados para afrontarlas desde lo profesional. Esto suele ocasionar perjuicios y omisiones irreparables".

En la misma publicación, citando a fuentes oficiales del Tribunal Superior, señalaron que a los más de 100 juzgados de Paz vacantes se les agrega que sólo hay 12 secretarías para los 307 juzgados de Paz. Esto es, habría un rojo de 385 cargos, lo que ayuda al colapso de los juzgados de Paz, que deben cargar no sólo con el trabajo de sus localidades sino con el de las comunas cercanas que todavía no cubren la vacante del juez de Paz.

Fuente: Sergio Carreras para www.lavoz.com.ar

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9 de junio de 2010

Se Investiga La Muerte De Un Bebé Recién Nacido

09/06/2010

La Fiscalía de Instrucción de Deán Funes investiga el hallazgo del cuerpo sin vida de un bebe recién nacido

El macabro descubrimiento fue realizado por personal policial, tras una llamada anónima, en un baldío con malezas en el paraje conocido como Copacabana.

Fiscalía de Instrucción de Deán Funes La Fiscalía de Instrucción de Deán Funes investiga el hallazgo del cuerpo sin vida de un bebe recién nacido. El macabro descubrimiento fue realizado por personal policial, tras una llamada anónima, en un baldío con malezas en el paraje conocido como Copacabana, distante a unos 45 kilómetros de la ciudad de Deán Funes, en el noroeste cordobés.

Según informaron fuentes policiales a Radio Estación FM, la presunta madre de la criatura estaba detenida. Se aguardan los informes de la autopsia para determinar cómo murió el recién nacido.

Fuente: La Mañana de Córdoba

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6 de mayo de 2010

Caso Requisa En El IPEM 53 Fray Luis Beltrán

06/05/2010

“La Justicia No Ordenó La Requisa a La Menor”

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resolvió archivar las actuaciones de la investigación iniciada sobre la requisa realizada a una alumna de 13 años en una escuela de la ciudad de Deán Funes, que había sido obligada a desnudarse tras ser acusada por una compañera de robar 150 pesos. El expediente buscaba determinar si algún funcionario judicial incurrió en abuso o mal desempeño.

Escuela IPEM 53 Fray Luis Beltrán de la Ciudad de <br />Deán Funes

Comisario Mayor Pereyra

La Secretaría de Sumarios Administrativos del máximo órgano judicial de la Provincia concluyó que la "orden de requisar a la menor no fue dictada por ningún funcionario o magistrado del Poder Judicial, sino que emanó de personal de la Unidad Departamental Ischilín de la Policía". Por esa razón, consideró que "no concurre obrar alguno que sea merecedor de reproche disciplinario".

De ese modo, la Justicia marca que la responsabilidad por ordenar la requisa sobre una menor de edad recae exclusivamente en las autoridades policiales regionales.

http://lh5.ggpht.com/_hlL3BPdsrVY/TFg7bUujn9I/AAAAAAAAFks/eGJGOz2DlyU/TV_12_20100408_134646%5B4%5D.jpg?imgmax=800El hecho ocurrió el 31 de marzo pasado en el Ipem 53 Fray Luis Beltrán de Deán Funes, en el norte cordobés. En un confuso episodio, una compañera de la niña de 13 años la señaló como la culpable de un supuesto faltante de 150 pesos de su mochila. La madre de la niña acusadora llamó a la Policía.Minutos después, la acusada fue llamada al colegio, donde se encontraba personal policial que la hizo desnudar para la requisa. El dinero no fue encontrado.

La directora Laura Navarro aseguró que la Policía invocó (aunque no exhibió) una orden judicial. Emma Mercado estaba a cargo del Juzgado de Control, Menores y Faltas de esa zona. Fuentes tribunalicias informaron que la magistrada jamás decretó la requisa.

Fuente: lavoz.com.ar

la menor <br />de 13 años que debió quitarse “hasta la ropa interior en una requisa <br />policial dentro de la escuela”.

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Organismos De Niñez Afirman Que La Requisa A La Alumna Del IPEM 53 De Deán Funes Fue Ilegal

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8 de abril de 2010

Organismos De Niñez Afirman Que La Requisa A La Alumna Del IPEM 53 De Deán Funes Fue Ilegal

04/2010

Por José Hernández y Laura Leonelli Morey

Un fiscal investiga por qué la Policía revisó a una alumna acusada de robo.

Los dos organismos estatales de Córdoba encargados de velar por la protección de los derechos de los niños coincidieron en considerar ilegal la requisa que la Policía realizó a una alumna de 13 años del Ipem 53 Fray Luis Beltrán de Deán Funes.

Escuela IPEM 53 Fray Luis Beltrán de la ciudad de Deán Funes

 

Doctora <br />Salomón, la funcionaria judicial <br />que avaló el operativo <br />requisa

“No resiste el menor análisis. Es ilegal, vejatorio y absolutamente violatorio de la legislación que tiene que ver con la niñez y su intimidad”, consideró Héctor David, titular de la Defensoría de los Niñas, Niños y Adolescentes de Córdoba.

“Aunque la requisa personal esté prevista en el Código Procesal Penal, éste, como norma inferior, no puede ir en contra de la Constitución Nacional y de los tratados internacionales que protegen a la niñez y son ley en la República Argentina”, continuó.

El defensor también cuestionó el obrar de la directora de la escuela, Laura Navarro, pues consideró que no debería haber permitido la requisa.

La Secretaría de la Mujer, Niñez, Adolescencia y Familia (Munaf) también se manifestó en contra del accionar policial realizado sobre la alumna.

“Esta requisa nunca debió haberse hecho y es una violación al derecho máximo, el de la intimidad que se fundamenta en la convención internacional y que no puede vulnerarse, ni siquiera ante la sospecha de robo”, dijo la titular, Raquel Krawchick. Y consideró que no debería cuestionarse el accionar de la directora.

Desde el Instituto Nacional Contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo (Inadi) informaron que pidieron informes a la escuela y a la departamental de la Policía y que luego de recibir las respuestas harán una presentación en la fiscalía general.

Prof. Laura NavarroSoluciones profundas. Krawchick contó que el lunes habrá una reunión interministerial “para que se haga un instructivo de procedimiento para que esto no vuelva a pasar” en ningún colegio.

Además, dijo que desde la secretaría hace tiempo trabajan en las escuelas el bullying (o acoso escolar entre los mismos compañeros). “Hay que cambiar el vínculo entre los jóvenes, los adultos estamos en actitud muy agresiva. Los chicos no tienen modelos. La Policía fue al colegio porque hubo una denuncia”, dijo.

No hay acuerdo. Más allá del caso particular, consultado sobre la legalidad de una requisa hacia una chica menor de edad e inimputable, el juez de Menores en lo Correccional, José González del Solar, consideró que sí es procedente siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Deben resguardar el pudor de la persona. Es legal porque el código la autoriza cuando se investiga un delito. Aunque la menor es inimputable, eso no quiere decir que el hecho no se pueda investigar. El tribunal sólo puede disponerlo cuando hay indicios serios de que esa persona ha participado de un delito”.

Sin embargo, también dijo que la requisa personal siempre es problemática –incluso ha habido juicios laborales por esa razón– y que no recuerda como juez haber autorizado una medida como esa.

Los hechos. Los hechos acontecieron el miércoles 31 de marzo en el interior del establecimiento educacional. En un confuso episodio, una compañera de la niña de 13 años la señaló como la culpable de sacarle 150 pesos de su mochila.

Comisario Mayor Pereyra

La chica fue requerida por la dirección a cargo de Laura Navarro, donde se encontraba personal policial que procedió a requisarla. “Le pidieron que se sacara toda la ropa detrás de un biombo. También el corpiño y la bombacha hasta la rodilla”, puntualizó la madre a este diario. El dinero no fue encontrado.

La directora aseguró que la Policía invocó (no exhibió) la orden de la jueza para actuar. Emma Mercado estaba a cargo del Juzgado de Control, Menores y Faltas. Fuentes tribunalicias enfatizaron que la magistrada jamás decretó la requisa.

La denuncia se radicó en la Fiscalía de Instrucción de Deán Funes, a cargo de Eduardo Gómez, bajo la carátula de “abuso de autoridad”.

Puntos de vista

Raquel Krawchick / Secretaria de la Mujer, Niñez, adolescencia y familia

“Es un hecho terrible. Esta requisa nunca debió haberse hecho y es una violación al derecho máximo, el de la intimidad”.

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José González del Solar / Juez de Menores

“Las requisas son legales en la medida que el código (procesal penal) las autoriza (...). Siempre son problemáticas, aun en las personas mayores”.

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Héctor David / Titular de la Defensoría del niño, niña y adolescente

“No resiste el menor análisis. Es ilegal, vejatorio y absolutamente violatorio de la legislación que tiene que ver con la niñez y su intimidad”.

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Fuente: La Voz - Ciudadanos

José Hernández y Laura Leonelli Morey

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Requisa Policial: “El Procedimiento Fue Correcto”

09/04/2010

Natalia Salomón justificó el desempeño policial

 

Doctora Salomón, la funcionaria judicial <br />que avaló el operativo requisa

La prosecretaria del Juzgado de Control, Menores y Faltas, Natalia Salomón, justificó el desempeño policial al esgrimir el Código de Procedimiento Penal (CPP) de la provincia de Córdoba.

“Se estaba en presencia de un posible delito y la Policía ingresa a un lugar público, en el marco del artículo 324 inciso 4° del Código de Procedimiento Penal.

Éste delega las facultades judiciales (de decretar una requisa personal) al personal policial, en un caso de secuestro impostergable y requisa urgente: por lo tanto fue legal la requisa de la alumna en la escuela”, evaluó.

La funcionaria judicial también puntualizó que “la niña tenía más de 10 años, como se establece. Posteriormente la Policía me informa del resultado infructuoso y que continuaba investigando el hecho, según consta en el sumario”.

En relación al abuso de autoridad policial denunciado por la madre de la chica, señaló que “se lo hizo preservando el pudor y dignidad de la niña, en presencia de la directora del establecimiento, e incluso ella misma firmó la requisa”.

Prof. Laura NavarroAvergonzada. Ayer, a primera hora de la tarde, estaba citada en la fiscalía Laura Navarro para prestar declaración indagatoria en el marco de la investigación penal, en una causa que movilizó y provocó el rechazo de la comunidad educativa local y de otros sectores sociales. En relación al hecho, Navarro expresó a Cadena 3: “Me dio mucha vergüenza”.

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***Audio de Cadena 3: Entrevista de Eric Italia a la directora del establecimiento***

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Qué dice la ley

Art. 208 y 209 del CPP. “Se ordenará la requisa personal (...) siempre que haya motivos suficientes para presumir que una persona oculta en su cuerpo cosas relacionadas con un delito.
Art. 9, ley 26.061. “Las niñas y niños(...) tienen derecho (...) a no ser sometidos a trato vejatorio, humillante, intimidatorio”. “Tienen derecho a la integridad física, sexual, psíquica y moral”.

Fuente: Lavoz.com

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Obligan a una chica a desnudarse en el colegio “La Fray”, tras acusarla de robar a una compañera

08/04/2010

Gravísima Denuncia Contra Procedimiento Policial

La madre de la menor de 13 años denunció que su hija debió quitarse “hasta la ropa interior en una requisa policial dentro de la escuela”. Los efectivos fueron convocados por la familia de la supuesta víctima del asalto. Nunca se encontró el dinero faltante.

la menor de 13 años que debió quitarse “hasta la ropa interior en una requisa policial dentro de la escuela”.

Foto a modo ilustrativo

Comisario Mayor PereyraLa madre acusó "abuso de autoridad contra su hija, y luego de que se conociera públicamente el episodio, el comisario mayor Raúl Pereyra, jefe de la Departamental Ischilín, confirmó que hay una causa abierta por este caso, aunque no dio detalles por el secreto de sumario.

En tanto, las autoridades del colegio ratificaron el hecho y señalaron que la Policía les pidió fueran testigos de la revisación que se le hizo a la chica, a quien obligaron a sacarse hasta "el corpiño y la bombacha".
Según la denuncia de la mujer -que pidió reserva de su identidad y también de la de su hija-, el episodio sucedió en la ciudad de Deán Funes, a unos 120 kilómetros de la capital cordobesa.

Profesora Laura Navarro, Directora del IPEM 53 de Deán FunesSostuvo, según se señaló en una nota publicada hoy en el diario La Voz del Interior, que los hechos ocurrieron el miércoles 31 de marzo en el Ipem 53 Fray Luis Beltrán de esta ciudad. De acuerdo con su relato, su hija llegó al colegio, como todos los días, en un remis a las 7:05.
Antes de comenzar la jornada, la menor se reunió en el patio con una compañera de otra división a escuchar
música en el celular.
La amiga le habría pedido que buscara los auriculares que tenía en su
mochila, en el piso superior, y la chica lo hizo, según se indicó.
"A las 9, después del recreo, cuando entra al curso, la preceptora le dijo que se había perdido un dinero de una mochila", contó la madre. "Mi hija le dijo que sí sacó el auricular pero que no vio ningún monedero", agregó.

La mujer indicó que, supuestamente, habrían desaparecido unos 150 pesos: 140 de una billetera y 10 pesos de otro monedero.
Momentos después, su hija fue llamada a la Dirección del colegio, donde le habrían avisado que estaba la Policía.

Escuela IPEM 53 Fray Luis Beltrán de la Ciudad de Deán Funes

"Llegó la madre de la otra chica en moto. Estaba la Policía que decía que tenían que revisar a mi hija", manifestó la mujer. Según su relato, en ningún momento le avisaron que su hija iba a ser revisada. "Le preguntaron dónde estaba el dinero. Ella dijo que no lo tenía y le dijeron que había que hacer una requisa urgente", contó la mujer.
"Le revisaron la mochila y después le pidieron que se sacara toda la ropa detrás de un biombo. También el corpiño y la bombacha hasta las rodillas", señaló.

Doctora Salomón, la funcionaria judicial que avaló el operativo requisaEl operativo estuvo a cargo de una mujer policía, ante la presencia de la directora de la escuela Laura Navarro; pero a pesar de la requisa, se indicó que no le encontraron nada.
Los hechos fueron corroborados ayer por la directora de la escuela, Laura Navarro, quien indicó que la Policía fue llamada por la madre de la chica denunciante.
Señaló que la mujer, avisada por su hija desde un celular, ingresó "muy ofuscada" al colegio y no accedió al pedido que le hizo para aclarar las cosas sin intervención de los efectivos.

Agregó que la Policía invocó una orden de la jueza Salomón para requisar a la menor y que a ella y a una preceptora las hicieron presenciar todo en calidad de "testigos".
También confirmó que el supuesto dinero faltante no lo tenía la chica que fue revisada.
La directora notificó lo ocurrido a la inspectora zonal de Educación.

Fuente: infobae.com

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***Audio de Cadena 3: Entrevista de Eric Italia a la directora del establecimiento***

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7 de abril de 2010

EL TSJ Negó Conflicto De Poderes En Deán Funes

08/04/2010

Para el Tribunal Superior no hay conflicto de poderes en la Ciudad de Deán Funes

Palacio de Tribunales: Para el Tribunal Superior no existe conflicto de poderes entre el intendente y ediles de Deán Funes.

El alto cuerpo judicial rechazó la presentación hecha por los cuatro ediles enfrentados con Teijeiro.
DEAN FUNES - El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, con el voto de sus seis integrantes (María Esther Cafure de Battistelli, Luis Rubio, Armando Andruet, Domingo Sesín, Aída Tarditti, Carlos Allocco y María de las Mercedes Blanc de Arabel) declaró que la situación planteada por el concejal Gustavo Martín Ruiz en su carácter de presidente del Concejo Deliberante de la ciudad de Deán Funes  no constituye un conflicto interno municipal, tal como lo establece el artículo 165, inciso 1, apartado «c» de la Constitución de la Provincia.

Luego de analizar la documentación presentada por los patrocinantes de Gustavo Ruiz y por los asesores letrados del Departamento Ejecutivo de Deán Funes en el mes de diciembre pasado, el más alto Tribunal de Justicia de la Provincia llegó a la conclusión que el enfrentamiento político que existe entre el intendente Alejandro Teijeiro y cuatro de los siete integrantes del Concejo Deliberante no configura un conflicto de poderes.

Consejo Deliberante de la Ciudad de Deán <br />FunesEs decir que a criterio de los siete vocales,  los enfrentamientos que vienen produciéndose desde hace más de un año y medio entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo no han obstaculizado el normal funcionamiento de la Municipalidad de Deán Funes.

En relación a los cuestionamientos formulados por Ruiz y los otros tres concejales contra la supuesta ilegalidad de numerosos decretos del Departamento Ejecutivo a través de los cuales se eximió del pago de tasas municipales a numerosos vecinos, el Tribunal Superior aseguró que los denunciantes deberán recurrir a los canales predispuestos por el ordenamiento jurídico vigente. En otras palabras, les sugirió denunciar al intendente en Tribunales ordinarios.

Finalmente, el alto cuerpo judicial aseguró en su resolución que aparece como indudable que en el proceso no se encuentra configurada la existencia de una contienda de competencia entre diferentes órganos del municipio de Deán Funes que impida el normal funcionamiento de las instituciones gubernamentales.
En términos políticos, la disposición del Tribunal Superior favorece al intendente Alejandro Teijeiro, que de esta manera podrá continuar con el proceso de revocatoria iniciado contra los ediles opositores. Hay que recordar que tras el planteo de los  ediles, el TSJ paralizó dicha instancia el año pasado.

Fuente: La Mañana de Córdoba

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18 de febrero de 2010

Revocatoria de Mandatos: La Jueza Vidal Rechazo Apelación De Los Concejales

Jueves 18 de Febrero de 2010

La jueza Marta Vidal rechazó apelación de ediles y ratificó la revocatoria de los mandatos

 

Jueza Electoral Marta Vidal

La jueza electoral provincial, Marta Vidal, rechazó la apelación presentada por cuatro concejales de Deán Funes contra una resolución adoptada por la Junta Electoral Municipal de esa ciudad a fines del año pasado.

De esta forma, la magistrada habilitó la continuidad del proceso de revocatoria iniciado contra estos ediles por más 1.900 ciudadanos de Deán Funes y ratificado inicialmente por la Junta Electoral que integran los jueces José María Smith, Emma Mercado y el fiscal José Gómez.

Sin embargo, la resolución de Marta Vidal no quedó firme, puesto que los concejales demandantes- María Rosa Minuet, Eduardo Barbano, Hugo Bazán y Adriana Ruarte- decidieron apelar ante el Tribunal Superior de Justicia. La causa que originó la intervención de la jueza electoral y ahora del máximo organismo judicial de Córdoba se inició porque los mencionados ediles cuestionaron a la Junta Municipal de Deán Funes por la forma en que se los notificó de que debían concurrir a formular su descargo contra la acusación de obstaculizar la acción de gobierno del intendente Alejandro Teijeiro.

Vidal no compartió el criterio de los denunciantes y ratificó que la Junta Electoral de Deán Funes había actuado conforme a derecho en todo el procedimiento previo a la revocatoria.

Fuente: La Mañana de Córdoba

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12 de noviembre de 2009

Ramona Bustamante Perdió El Juicio Que Entablo En Deán Funes Contra Los Hermanos Scaramuzza

12/11/2009

Absolvieron a los Hermanos Scaramuzza En La Causa Por Estafa Contra Ramona Bustamante 

Hermanos Scaramuzza La Cámara del Crimen de Deán Funes absolvió hoy de culpa y cargo a los empresarios Carlos y Edgardo Héctor Scaramuzza, los cuales estaban acusados de utilizar un fallo judicial de 20 años atrás, en el que se omitía a Ramona como heredera de su padre, para retirarla del lugar que habitaba desde su nacimiento.

Esta mañana en la Ciudad de Deán Funes finalizó el juicio por estafa entablado por la campesina Ramona Bustamante contra los empresarios Juan Carlos y Edgardo Héctor Scaramuzza a quienes se imputaba el delito de "estafa procesal" en perjuicio de Ramona Bustamante, por haber utilizado un fallo judicial de 1984 en el que se la omitió como heredera de su padre y propietaria del lugar.

El tribunal, integrado por Juan Carlos Serafini, Horacio Ruiz y Elías Juan, dictaminó la inocencia de los hermanos Scaramuzza, desestimando los pedidos del querellante en representación de los Bustamente, quien reclamó hasta cuatro años de prisión,  y el del fiscal Funes, quien solicitó una condena de tres años y seis meses para ambos.

Para los magistrados que juzgaron los hechos, no hubo “ninguna irregularidad” en el desalojo de la anciana Ramona Bustamante de la tierra que la había visto nacer y crecer, y consideró que el proceder de los imputados “se ajustó a derecho”, por lo que desestimó la demanda de la campesina, y convalidó el despojo y el ultraje de los empresarios sojeros de Oncativo.

Ramona Bustamante perdió el juicio contra los hermanos ScaramuzzaLa jornada de hoy se llevó a cabo con una sala colmada de asistentes que desde temprano, donde se podían ver algunos integrantes de las centrales del Movimiento Campesino de Córdoba (MCC), junto a dirigentes y militantes de organizaciones sociales que comparten la militancia en pos del derecho a la tierra. Todos se dieron cita a la sala de audiencias de Deán Funes esperanzados con la idea de presenciar un “acto Justicia” por parte del Tribunal, pero salieron completamente frustrados al comprobar que la Justicia es “solo para los poderosos capitalistas terratenientes”, y no para una pobre campesina indigente, como Ramona Bustamante.

El fallo provocó gran malestar entre los representantes de las organizaciones campesinas que se encontraban al frente del edificio tribunalicio.

"Estoy muy mal, fueron muchos años de espera para esto. Pero voy a a seguir viviendo ahí; no me voy a ir a ninguna parte", dijo Ramona Bustamante al salir del Tribunal.

Recordemos que el 23 de enero de 2004, Doña Ramona Bustamante (83) debió abandonar como consecuencia de una orden judicial y por la fuerza su vivienda ubicada en el en el paraje Las Maravillas, a veinte kilómetros de Sebastián Elcano.

En esa oportunidad, sin miramiento alguno, una topadora derrumbó su humilde vivienda y el caso se convirtió en un “emblema de la lucha campesina”, logrando el apoyo de artistas comprometidos, como es el caso de Raly Barrionuevo, que la convocó a la octogenaria en varias de sus presentaciones.

En las afueras de los tribunales de Deán Funes se convocaron referentes del “Movimiento Campesino de Córdoba” y “Movimiento Nacional Campesino Indígena”.
Tras el fallo, intentaron agredir a los hermanos Scaramuzza, que debieron ser protegidos por la Guardia de Infantería de la Unidad Departamental Ischilín.

El fallo dictado hoy en este resonante caso, resulta ser una nueva vergüenza de la ya muy desprestigiada Justicia Argentina, que vuelve a ratificar hoy ante la sociedad, que es “implacable e inflexible contra el pobre” y “genuflexa y servil contra el patroncito de turno que les tira unas limosnas”. Realmente estos Jueces dan asco, y son merecedores de todo el repudio y el desprecio por parte del conjunto de la sociedad.

Camara Criminal, Correccional, Civil, Comercial, Familia y Del Trabajo de Deán Funes, Pcia de Córdoba - Falló en contra de la campesina Ramona Bustamante

Ciudad de Dean Funes, Córdoba

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