En Deán Funes podría implementarse el voto electrónico para la revocatoria de los 4 ediles
Más allá de la oposición del intendente Alejandro Teijeiro, la ordenanza está firme. En consecuencia, se utilizaría en el referéndum contra los concejales opositores.
DEAN FUNES - El nuevo sistema de voto electrónico que aprobaron los concejales de la ciudad de Deán Funes la semana pasada podría debutar en forma anticipada si la Junta Electoral Municipal confirma la realización del referéndum revocatorio contra los ediles Adriana Ruarte y Jorge Bazán (Vecinalismo) y María Rosa Minuet de López y Eduardo Barbano (UCR) que impulsan más de “1.600 vecinos” ligados al intendente Alejandro Teijeiro.
Tras el reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia rechazando la apelación presentada por Ruarte y Bazán, quedó libre el camino para que la Junta Electoral Municipal convoque a una elección con el fin de que la ciudadanía local revoque o no el mandato de los cuatro ediles opositores al jefe comunal.
Precisamente, fue en función de esa posibilidad electoral que el Concejo Deliberante de Deán Funes aprobó la instrumentación del voto electrónico para cualquier elección de índole local (revocatoria, consultas populares o comicios comunes de renovación de autoridades).
Aunque el intendente Alejandro Teijeiro aseguró que su administración no está en condiciones de gastar 500 mil pesos en la instrumentación del voto electrónico, la ordenanza mencionada está firme ya que fue aprobada por las dos terceras partes del cuerpo legislativo de Deán Funes.
Dudas
Si el intendente decide vetarla, el Concejo Deliberante cuenta con los votos suficientes para insistir con la norma, ya que comparten la misma oposición los cuatro ediles mencionados más el otro representante radical Gustavo Ruiz.
No obstante, otras fuentes legislativas anticiparon a LA MAÑANA que si la Junta Electoral Municipal decide convocar al referéndum revocatorio, la medida será apelada en forma inmediata y con efectos suspensivos ante la jueza electoral provincial Marta Vidal e incluso si es necesario, ante el propio Tribunal Superior de Justicia.
En este contexto, debe aclararse que según establece la Ley Orgánica Municipal 8102 no puede revocarse mandatos de funcionarios si resta menos de 9 meses para la finalización de los períodos respectivos.
Este plazo mínimo se dará a partir de fines de marzo próximo.
En consecuencia, por la oposición de Teijeiro al voto electrónico o por las seguras apelaciones que presentarán los ediles amenazados, es muy complicado que finalmente se lleve a cabo el referéndum revocatorio.
Fuente: La Mañana de Córdoba
------------------------------------------------------
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Tu opinión es muy importante para los editores de esta web y para sus lectores, por lo que te invitamos a que dejes tu comentario sobre este artículo, para compartirlo con toda la comunidad.
Recuerda que que el spam y el lenguaje grosero, será eliminado.
Gracias.